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🇪🇸 ЧАТ | Испания

2020 August 07

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Eka K in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Подскажите если у меня заклинилась виза я могу добрать из басрселоны в  Россию через страны кроме Минска и Турции ?
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Закончилась
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
С пересадкой
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Eka K in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
TEXTO ORIGINAL

El 30 de junio se adoptó la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, que establecía un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea imperantes hasta entonces, así como una serie de nuevas categorías de personas exentas también de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Para su aplicación en España se aprobó la Orden INT/595/2020, de 2 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Con fecha de 16 de julio, el Consejo de la Unión Europea ha adoptado una nueva Recomendación (UE) 2020/1052 modificando en la anterior el listado de países, del cual se suprimen Serbia y Montenegro por el empeoramiento de su situación epidemiológica.

Al mismo tiempo, en las fronteras exteriores españolas se ha comprobado cómo el número de personas que llegan procedentes de países no incluidos en la lista y, por tanto, acogiéndose a las categorías exentas, resulta excesivo si se tienen en cuenta tanto la situación epidemiológica mundial, como la española en particular. Sin perjuicio de que el levantamiento de los controles en las fronteras interiores de la mayoría de Estados miembros y Estados asociados Schengen permita la libertad de movimientos dentro del espacio Schengen, se considera necesario evitar los tránsitos innecesarios, de modo que todo el que quiera entrar y esté autorizado a hacerlo, elija las rutas más directas.

Por lo que se refiere al listado de terceros países, la referencia se ha de entender hecha a la residencia en ellos, no a la posesión de la nacionalidad de esos países. El levantamiento de restricciones no se debe considerar de efecto inmediato, sino que se seguirá sometiendo a criterios de progresividad y reciprocidad. Por tal motivo, se incluye en la presente orden el listado completo de países que consta en la Recomendación del Consejo tras su modificación.

A la hora de aplicar el principio de reciprocidad se tiene en cuenta, por un lado, respecto de China, la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de supeditar la apertura de las fronteras de los Estados miembros de la Unión a la confirmación de la existencia de tal régimen de reciprocidad y, por otro lado, respecto de Argelia y Marruecos, la necesidad de tomar en consideración tanto el actual cierre de fronteras que rige en ambos países y las razones que lo sustentan, como el considerable volumen habitual de desplazamientos entre cada uno de ellos y España.

Tanto las restricciones como las categorías exentas se refieren a nacionales de terceros países, dado que, con la entrada en vigor de la Orden INT/578/2020, de 29 de junio, los ciudadanos de la Unión y sus familiares, y los demás beneficiarios del derecho a la libre circulación, ya quedaron fuera del ámbito de aplicación de las restricciones temporales en las fronteras exteriores españolas.

De entre las categorías exentas, se suprimen los trabajadores transfronterizos y los trabajadores de temporada, dado que estos trabajadores proceden de países que aún tienen las fronteras cerradas con España, lo que imposibilita su regreso una vez que han concluido su actividad en nuestro país.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Criterios aplicables para denegar la entrada por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

1. A efectos de lo establecido en los artículos 6.1.e) y 14 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), será sometida a denegación de entrada, por motivos de orden público o salud pública
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Eka K in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
, toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:

a) Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.

c) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.

d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

f) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.

g) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.

h) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.

i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

j) Residentes en los países que figuran en el
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Eka K in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Ссылку чат не позволяет прикрепить.
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Nina in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Юля
Подскажите если у меня заклинилась виза я могу добрать из басрселоны в  Россию через страны кроме Минска и Турции ?
Через какие именно?
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Амстердам . Там дают пересадочный рейс
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Или так нельзя когда виза закончилась?
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Nina in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Юля
Амстердам . Там дают пересадочный рейс
Из Амстердама в Россию никто не летает, границы не открыты, билеты продают и отменяют.
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
А я поняла . А через Белорусь?
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Мне просто нужно 19 попасть в Москву . Не подскажете как это можно сделать ??
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Nina in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Юля
А я поняла . А через Белорусь?
Без проблем, но там до Россиии по земле такси, автобус.
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Такой предлагают . То есть самолетом тоже не долететь из Белоруссии в Россию ?
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Nina in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Пока нет из Беларуси в Россию авиа.
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Юля in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
А это просто так они пишут?
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Olga in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Eka K
Ссылку чат не позволяет прикрепить.
Спасибо большое!
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Nina in 🇪🇸 ЧАТ | Испания
Юля
А это просто так они пишут?
Так же как через Амстердам, там же кто-то тоже продаёт. Улететь можно через Турцию, Лондон, с 15 через Швейцарию, нр вот там как раз может быть проблема с визой.
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